Bancos abren al público general la próxima semana: con horario extendido, pero con turno previo
Entidades financieras vuelven a abrir sus puertas, excepto para la atención por ventanilla, a partir del próximo lunes y hasta el viernes
Menu
Entidades financieras vuelven a abrir sus puertas, excepto para la atención por ventanilla, a partir del próximo lunes y hasta el viernes
Los bancos volverán a abrir sus puertas para el público general, excepto la atención por ventanilla, a partir del próximo lunes y hasta el viernes, período en el que funcionarán con horario extendido y con un sistema de atención por turnos solicitados vía online, según informó el Banco Central de la República Argentina (BCRA).
La norma aplicará también a las empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito y/o compra, así como los proveedores de servicios no financieros de crédito inscriptos la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias.
Los clientes podrán solicitar turnos en las páginas web de las entidades a partir del próximo miércoles y el comprobante servirá como permiso de circulación.
El día de atención estará determinado por el último dígito del DNI del cliente o del CUIT, en caso de tratarse de personas jurídicas, de la siguiente forma: el lunes los terminados en 0 y 1; martes en 2 y 3; miércoles 4 y 5; jueves 6 y 7; y viernes 8 y 9.
“Las personas a ser atendidas deberán haber previamente solicitado un turno a través de las páginas de internet de las entidades, o por otro medio electrónico que éstas pongan a disposición, como puede ser un correo electrónico y/o teléfono”, informó el BCRA.
Además, dispuso que las entidades deberán entregar a sus clientes por vía electrónica un comprobante del turno acordado, “indicando día de la cita, identificación (nombre completo y número de identificación) de la persona y ubicación de la casa operativa a la que deberá dirigirse”.
Los bancos deberán poner a disposición de sus clientes las vías para solicitar los turnos a partir del miércoles en sus páginas web “en forma clara y sencilla” y especificar cuáles son las operaciones que se pueden efectuar, “aclarando que no incluye operaciones por ventanilla”.
Por último, las casas operadoras de cambio continuarán impedidos de abrir sus sucursales para la atención al público, pero podrán “operar en el mercado cambiario entre ellas, con entidades financieras y con clientes en forma remota”.
Imágenes por: Banco Central de la República Argentina