Bares y restaurantes de Rosario podrían tener una reducción del 50% en la tarifa de luz
Además, habría otros beneficios fiscales y crediticios. Le dio media sanción la Cámara de Diputados y ahora depende del Senado
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Además, habría otros beneficios fiscales y crediticios. Le dio media sanción la Cámara de Diputados y ahora depende del Senado
La Cámara de Diputados dio media sanción a un proyecto de ley de asistencia económica y financiera para el sector turístico, hotelero y gastronómico de la provincia de Santa Fe.
La iniciativa del diputado Pablo Farías (Socialistas-FPCyS) apunta a algunos de los sectores más castigados por la pandemia.
“La propuesta prevé diversos beneficios para el sector por un plazo de 180 días, que tienen que ver con exenciones impositivas y una prórroga en el vencimiento de impuestos provinciales, reducción del 50% en la tarifa de la energía eléctrica, ayudas económicas y financieras, facilidades para acceder a créditos blandos con plazos de gracia, es decir, un conjunto de herramientas necesarias y que el gobierno provincial está en condiciones de poner a disposición”, dijo Farias.
Entre las actividades contempladas por el proyecto están los servicios de alojamiento en hoteles, hosterías, cabañas, bungalows, aparts o residencias de similar naturaleza; servicios de hospedaje; servicios de alojamiento en campings; servicios de alojamiento por hora; transportes terrestre o fluvial con afectación exclusiva para la actividad turística o vinculada con los alojamientos; agencias de viaje que no presten servicios financieros o formen parte de un grupo societario o empresario que preste tales servicios; servicios profesionales de licenciados y técnicos en turismo; guías de turismo; establecimientos gastronómicos; servicios de restaurantes; servicios de cafés, bares y confiterías.
Por otro lado, se propone la creación de un “Fondo de asistencia financiera para el sector turístico, hotelero y gastronómico”, compuesto por $600 millones conformado por recursos provenientes de las operaciones de endeudamiento público autorizadas por la Ley N°13.978 de Emergencia por el COVID-19.
Imágenes por: Andrea Piacquadio vía Pexels