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Coronavirus: un fallo obliga a agencia y aerolínea a reprogramar un viaje a Europa sin costo

Tres turistas de San Juan iniciaron una acción de amparo contra Falabella Viajes y Latam Airlines Group

Un fallo de la Justicia Contencioso Administrativa de San Juan obligó a una agencia de turismo y a una aerolínea a reprogramar sin costos adicionales un viaje a Europa cancelado con motivo de la pandemia de coronavirus.

Tres turistas sanjuaninas iniciaron una acción de amparo contra Falabella Viajes y Latam Airlines Group con el objeto de lograr la suspensión de los efectos de un contrato firmado para realizar un viaje a Europa, pagado completamente, hasta tanto estén dadas las condiciones de seguridad y salubridad para las pasajeras, manteniendo las mismas condiciones y el precio pactado.

Las demandantes se habían puesto en contacto con la aerolínea desde el 20 de febrero, fecha en la que la situación del coronavirus comenzó a ser cada vez más grave. La respuesta de la aerolínea fue exigir una multa por el cambio de las fechas que, entre las tres, llegaba a los 1.200 dólares.

Frente a esta situación, y ante la inminencia del viaje, se presentaron ante la justicia. En respuesta al reclamo planteado, el tribunal dispuso que Falabella Viajes y Latam deberán reagendar el viaje sin cobrar ningún tipo de penalidad.

FUNDAMENTOS DE LA JUSTICIA PARA HACER LUGAR A LA MEDIDA PLANTEADA

· El estatus de pandemia del coronavirus. La OMS ha informado que el coronavirus ya puede definirse como una “pandemia”. Este escenario implica un riesgo cierto en el tráfico de personas, especialmente los destino de Italia, España y Francia, destinos incluidos en el paquete turístico contratado.

· La pertenencia de una de las actoras a un grupo de riesgo. Una de las actoras tiene 76 años, encontrándose en una franja etaria de alto riesgo, que torna temerario el viaje hacia aquellos países en las actuales condiciones.

· La configuración del instituto de fuerza mayor. El reclamo de reprogramación del viaje es producto de una fuerza mayor, ajena absolutamente a la voluntad de las contratantes.

· La protección del derecho a la salud de las actoras y en consecuencia de la salud pública, ante el eventual contagio que podrían propagar en el caso de contraer la enfermedad.

Esta decisión no termina el proceso legal, pero implica un nuevo golpe al sector que trabaja con el turismo, ya que sienta un precedente para futuros reclamos en un contexto en el que ya se encuentra vapuleado por la creciente lista de países que cierran sus fronteras y clausuran su espacio aéreo.

Imágenes por: Cortesía Free-Photos vía Pixabay