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La multa por no usar tapabocas en Rosario será de cinco mil pesos

El Concejo de Rosario fijó las penas económicas por no utilizarlo que van desde los 1.500 pesos hasta los 72 mil pesos

En la segunda sesión virtual que realizó el Concejo Municipal de Rosario aprobó una serie de medidas de excepción en la lucha contra la pandemia por coronavirus. En ese marco, se decretó la obligatoriedad de tapabocas caseros y se fijaron las multas económicas para quienes no lo usen.

Los montos del Código de Faltas fueron actualizados con penas económicas que van desde los 1.500 pesos hasta los 72 mil pesos. Los ediles modificaron los artículos 602.1 y 602.2 del Código Municipal de Faltas vinculados a infracciones sobre la salud pública.

Si una persona es multada por no utilizar tapabocas en alguna dependencia pública, comercio o actividad, será multado con aproximadamente cinco mil pesos.

Allí, se establece que la infracción a las normas relacionadas con la prevención de las enfermedades transmisibles y la falta de desinfección o destrucción de los agentes transmisores será penada con multa de 25 a 1.200 unidades fiscales -entre 1.500 y 72.000 pesos- y/o clausura de hasta 90 día y/o arresto de hasta 15 días.

La infracción a las normas que reglamentan la higiene en los locales donde se elaboran, depositan, distribuyen, manipulan, envasan o se exhiben productos alimenticios o bebidas o sus materias primas o se realice cualquier otra actividad vinculada con los mismos, así como en sus dependencias, mobiliarios o servicios sanitarios, en el uso de recipientes, elementos de guarda, envoltorios, envases o sus implementos, faltando a las condiciones higiénicas y bromatológicas, también tendrá las mismas sanciones.

Posteriormente, se aprobaron diversos decretos dictados por el Departamento Ejecutivo, entre ellas se estableció el uso obligatorio de elementos de protección personal que cubran boca, nariz y mentón, y se exceptuó de tal obligación a los menores de dos años, y a quienes estén encuadradas en el colectivo de trastorno del espectro autista.

También se prohibió el ingreso en las unidades del transporte público, locales comerciales y entidades de atención al público a quienes no cuenten con el respectivo tapaboca y se impidió la comercialización de barbijos N95 a quienes no acrediten ser personal de la salud o tener de actividad principal la prestación del servicio de salud.

Entre otras medidas, se aprobó la calificación del coronavirus como enfermedad profesional en torno a agentes municipales que fueren eventualmente contagiados durante su labor en épocas de cuarentena.

Además, se liberó de pagar la estadía a todo aquel que tenga su auto en el corralón, ya que se comprende que permanece allí desde el decreto nacional de la cuarentena desde el 20 de marzo pasado, estando impedido su retiro.

Imágenes por: Anna Shvets vía Pexels