Nuevas habilitaciones y modificaciones de horarios en comercios en Santa Fe
Por Redacción VIVO247
28 de noviembre de 2020
Negocios podrán abrir hasta las 21, y bares y restaurantes hasta la 1.30 los viernes y sábados. Las habilitaciones comenzarán con el Fútbol 5, y continuará con jardines, natatorios y colonias
El gobierno de la provincia de Santa Fe dispuso modificaciones de horarios de aperturas de comercios, bares y restaurantes; habilita la práctica de deportes como el Fútbol 5 en la modalidad entrenamiento; las competencias automovilísticas y motociclísticas; la realización de eventos culturales y recreativos relacionados con la actividad teatral y música en vivo; como así también, la apertura de jardines maternales y colonias de vacaciones.
En primer lugar, se habilita a los comercios mayoristas y minoristas de venta de mercaderías de rubros no esenciales, que brinden atención al público en los locales, a permanecer abiertos hasta las 21.
El horario de restricción de circulación en la vía pública será de 0.30 a 6 de domingo a jueves; y de 1.30 a 6 viernes y sábados.
En tanto, que extiende el horario de apertura de bares, restaurantes, heladerías, y otros, con y sin concurrencia de comensales, incluyendo las actividades de envíos a domicilio, hasta la 1.30 los días viernes y sábados.
Además, se remarca que los salones de eventos y de fiestas, que fueron habilitados por municipios y comunas para funcionar como bares y restaurantes, deberán cumplir los protocolos específicos para estas actividades, que cuentan con un factor de ocupación permitido del treinta por ciento (30%), asegurando el distanciamiento entre personas y sin actividades de baile o circulación entre las mesas.
DEPORTES CON CONTACTO FÍSICO, EL FÚTBOL 5, AUTOS Y MOTOS
Además, a partir de este sábado, la provincia autoriza, la práctica de deportes con interacción o contacto físico, en la modalidad entrenamiento, incluidos el Fútbol 5, de 7 a 22. Deberá tener turnos previos y realizarse en espacios suficientemente ventilados. En este caso se prohíbe la realización de competencias o torneos, la asistencia de espectadores y la habilitación de espacios de uso común.
En tanto que, a partir del 1° de diciembre, se autoriza la práctica de competencias automovilísticas y motociclísticas, sin concurrencia de espectadores; cumpliendo el protocolo nacional para el desarrollo de la actividad respetando las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio de COVID-19.
EVENTOS CULTURALES Y RECREATIVOS
Desde el 1° de diciembre, la provincia autoriza la realización de eventos culturales y recreativos relacionados con la actividad teatral y música en vivo, con concurrencia de personas, tanto al aire libre como en teatros, centros culturales y otros lugares cerrados; de acuerdo al protocolo nacional para el desarrollo de la actividad.
La ocupación en estos espacios compartidos, debe asegurar 2,25 metros cuadrados de circulación entre personas, incluso para los artistas; y se debe disponer una distancia entre butacas ocupadas de 1,5 metros. En cuanto a ambas situaciones, el límite de ocupación será el 50% del espacio habilitado al aire libre y del 30% del establecimiento habilitado en lugares cerrados.
JARDINES DE INFANTES Y COLONIAS DE VACACIONES
En tanto, habilita desde el 1° de diciembre el funcionamiento de jardines de infantes de gestión p
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