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¿Qué actividades están suspendidas en Rosario y Santa Fe desde este jueves 20?

Cierran shoppings, gimnasios e inmobiliarias entre otros rubros. Los locales comerciales podrán abrir hasta las 17 y los gastronómicos hasta las 19

La provincia regresa este jueves a una suerte de Fase 2 morigerada de la cuarentena, con una serie de prohibiciones a la circulación y a las actividades comerciales, que vuelven a poner en jaque la economía de las pequeñas empresas, emprendedores, gastronómicos, inmobiliarias y gimnasios, entre otros rubros, que no contarán -al momento- con ninguna ayuda del Estado.

En una conferencia de prensa de la que participó el ministro de Trabajo de la provincia Juan Manuel Pusineri, para evitar exponer al gobernador de Santa Fe, Omar Perotti, que ve cómo se incrementa su imagen negativa, se explicaron cuáles son las llamadas “nuevas medidas de convivencia Segunda Ola COVID-19”, que -en principio- estarán vigentes hasta el 30 de mayo.

Se prohibe desde este jueves la circulación vehicular (en coches o motos particulares) las 24 horas (excepto las personas que acrediten estar autorizadas para ellos). También cerrarán los shoppings, gimnasios y otras actividades, así como la bajada de persiana de los comercios a las 17 y de los locales gastronómicos a las 19.

Analizar cómo se llegó a esta situación es una combinación explosiva: a pesar de las limitaciones para viajar para los propios argentinos, todos los días -desde marzo de 2020- ingresan miles de camiones del exterior sin hisopados ni controles por todos los puestos fronterizos; el plan de vacunación -complejo en casi todo el mundo- viene atrasado y con un bajo porcentaje de la población que recibió las dos dosis; la falta de camas de terapia intensiva ante la carencia de nuevos lugares para la hospitalización de personas y compra de nuevos equipos (algo que se podría haber hecho con el dinero que el gobernador Omar Perotti decidió poner en plazo fijo en lugar de destinarlo, por ejemplo, a completar el Hospital Regional Sur en casi un año y medio de gestión); las erráticas posturas de aperturas y cierres; y, por supuesto, en el medio, algunos comportamientos sociales que no se ajustan a la necesidad de seguir manteniendo los distanciamientos sociales y el uso de barbijos.

Desde este jueves sólo se podrán movilizar quienes acrediten que van a trabajar, ya sean esenciales o no, o que se trasladan por una fuerza mayor como el cuidado de personas o asistencia médica, tal como ocurrió al comienzo de la pandemia en marzo de 2020.

Comercios

La actividad del comercio mayorista y comercio minorista de venta de mercaderías, con atención al público en los locales, podrá extenderse todos los días de la semana hasta las diecisiete (17) horas; y hasta las diecinueve (19) horas, los que comercialicen productos alimenticios.

El factor de ocupación de la superficie cerrada de los locales, destinada a la atención del público, no podrá exceder del treinta por ciento (30%).

Teletrabajo

Personal dependiente de los Poderes Legislativo, Judicial y de los Municipios y Comunas. Se invita a los Poderes Legislativo y Judicial y a los Muni- cipios y Comunas de la Provincia, a priorizar en relación al personal de su dependencia la modalidad de prestación de servicios en forma remota o teletrabajo, en las áreas donde ello fuera posible.

Se suspenden las siguientes actividades:

· Ejercicio de profesiones liberales, incluidos mandatarios, corredores y martilleros, en forma presencial y con atención al público en locales y oficinas; quedando excluidos de la suspensión, los profesionales de la salud y los del notariado, en éste último caso para realizar diligencias definidas como esenciales en la emergencia y los profesionales del derecho, en el caso de deber instar medidas de urgente diligenciamiento que no puedan realizarse de manera remota y cuya demora tenga virtualidad de producir la pérdida de un derecho.

· Actividad inmobiliaria y aseguradora, resguardando en éste último caso guardias para la recepción de denuncias de siniestros, en la medida que no puedan realizarse de manera remota.

· Actividades administrativas en forma presencial de sindicatos, entidades gremiales empresarias, cajas y colegios profesionales, administración de entidades civiles y deportivas, y la actividad administrativa de universidades nacionales y privadas con sede en el territorio provincial; quedando expresamente excluida de la suspensión el funcionamiento de obras sociales, en aquellas actividades que no pudieren realizarse en forma remota o mediante teletrabajo.

· Actividades administrativas de empresas industriales, de la construcción, comerciales o de servicios, las que deberán desarrollarse en forma remota o mediante teletrabajo.

Imágenes por: Cortesía